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Mujeres marítimas

Cuáles son sus derechos y a quién contactar

Si trabaja en el mar y necesita ayuda o asesoramiento sobre temas laborales, contacte con su sindicato marítimo. Afiliándose a un sindicato miembro de la ITF obtiene, además, protección y beneficios adicionales.

Contamos con más de 150 inspectores e inspectoras y personas de contacto en puertos de todo el mundo, formados para abordar con sensibilidad las cuestiones de género. Si le preocupan sus condiciones de trabajo, su salario, la salud y seguridad a bordo, contacte con uno/a de nuestros/as inspectores/as de la ITF

Los derechos de maternidad de las mujeres marítimas

Sus derechos de maternidad dependerán de en qué lugar trabaje.

  • En buques de pabellón nacional Si navega bajo pabellón de su propio país, estará cubierta por la legislación de su país y por los derechos garantizados por los convenios colectivos negociados por su sindicato representante.
  • En buques con bandera de conveniencia (BDC) Los derechos de maternidad se rigen por la legislación del Estado de abanderamiento, que tal vez no le conceda ninguno. Sin embargo, si el buque cuenta con un acuerdo aprobado por la ITF, este sí le garantiza unos derechos mínimos.
  • En buques mercantes Los acuerdos aprobados por la ITF estipulan que las mujeres marítimas que quedan embarazadas deben ser repatriadas a expensas de la compañía y recibir una indemnización de dos meses completos de salario. Si su compañía se niega a aplicar estas normas, contacte con un/a inspector/a de la ITF.

Si el buque navega en aguas costeras o hay un doctor a bordo, es seguro en general para la mujer embarazada seguir trabajando hasta una fase más avanzada de la gestación: en aguas británicas, por ejemplo, hasta 28 semanas. Sin embargo, si trabaja en un buque de alta mar es preciso evaluar detenidamente los riesgos de trabajar embarazada en el mar. Si necesita asesoramiento, contacte con su sindicato o con un/a inspector/a de la ITF.

Recuerde, quedarse embarazada no es una falta disciplinaria. La ITF condena enérgicamente a las empresas que toman medidas contra las mujeres embarazadas.

¿Necesita asesoramiento confidencial? Nuestra Ayuda a la gente de mar puede derivarle a la persona adecuada.

Acoso físico, psicológico y discriminación

En una industria dominada por los hombres, con frecuencia — aunque no exclusivamente — son las mujeres las víctimas del acoso físico, psicológico o de la discriminación.

El acoso físico y psicológico es un asunto grave y puede afectar profundamente la salud de las/os trabajadoras/es, además de mermar su capacidad de realizar su trabajo. Hemos desarrollado una política para abordar este problema. Los armadores europeos y la Federación Europea de los Trabajadores del Transporte (ETF) han acordado también unas directrices claras al respecto.

La discriminación puede adoptar muchas formas, por ejemplo, cuando:

  • Se deniega el trabajo u oportunidades laborales por motivos de género, raza, nacionalidad o de otra índole
  • Se recibe una retribución diferente por realizar un mismo trabajo
  • Los miembros del sexo opuesto carecen de servicios o de equipos a su disposición.

No hay trato discriminatorio que a uno le dan una tarea que no le gusta que normalmente ES realizada por trabajadores del sexo opuesto de la misma categoría.

Si usted está sufriendo acoso psicológico, físico o discriminación, contacte con su sindicato o con uno/a de nuestros/as inspectores/as de la ITF

Para más información sobre qué hacemos en la ITF por las mujeres trabajadoras del transporte.