El Tribunal ha fallado que los litigios sobre contratos de empleo de trabajadores móviles deben resolverse en los tribunales del país en el que desempeñan su trabajo, no en Irlanda como ha insistido la aerolínea.
El fallo establece el derecho de los trabajadores móviles en la aviación a presentar sus quejas conforme a las leyes del país en el cual o a partir del cual prestan sus servicios. El fallo ha acumulado varios procesos de miembros de tripulaciones de cabina de Bélgica, España y Portugal. Todos habían tenido problemas laborales con Ryanair o con la agencia Crewling, y ambas habían intentado que los juicios se celebraran en Irlanda, a pesar de no ser el país donde los empleados residían o trabajaban.
El secretario general de la ITF, Steve Cotton, explicó: “Este fallo es una derrota para Ryanair y una victoria para los derechos de los trabajadores. Confirma el principio fundamental de proteger a los trabajadores móviles en la aviación garantizando que puedan exigir responsabilidades a su empleador en el país donde realmente desempeñan sus funciones, no en un país que tal vez no hayan visitado jamás y cuyos tribunales son extranjeros y situados a cientos de kilómetros de su hogar o lugar de trabajo”.
Eduardo Chagas, Secretario General de la ETF, dijo que la esta resolución empoderaría a los trabajadores de todas las aerolíneas que quieran eludir la legislación nacional y elegir la jurisdicción que mejor convenga a sus intereses. También dijo que deseaba presentar sus respetos a los trabajadores y a sus sindicatos que se movilizaron y lucharon por sus derechos. Este fallo representa una victoria importante en la lucha contra el dumping social en la aviación. Asimismo, dio las gracias al sindicato belga CNE, afiliado a la ITF/ETF, por apoyar ese proceso judicial pionero.
Victoria sindical sobre Ryanair en el TJUE
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