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Proteger a los trabajadores y las trabajadoras del transporte público del COVID-19

Noticias 04 May 2020

Carta Mundial de Reivindicaciones

Los trabajadores y las trabajadoras del transporte público están luchando en primera línea de batalla contra la pandemia de COVID-19. Son los hombres y las mujeres que trabajan como conductores, revisores, vendiendo boletos, limpiando, encargándose del mantenimiento, como oficinistas, y proporcionan los servicios vitales para mantener en funcionamiento los sistemas de transporte público, facilitando el desplazamiento a otras trabajadoras y trabajadores clave, para que puedan atender a los enfermos o mantener abastecidos los estantes de las tiendas de comestibles.

Más de 150 trabajadores de todo el mundo han muerto a causa del COVID-19 y la cifra de muertes confirmadas aumenta cada día. Miles más están infectados con la enfermedad. Las inadecuadas normas de salud y seguridad exacerban los riesgos a los que se enfrentan los trabajadores y las trabajadoras del transporte público al realizar su labor crucial durante esta crisis.

El riesgo de exposición mucho mayor que experimenta el personal del transporte público, como los demás trabajadores y trabajadoras esenciales que deben continuar trabajando, constituye un problema de salud y seguridad laboral. Esto conduce a un mayor deber de diligencia, consagrado en el derecho internacional. Algunos países ya han reconocido el COVID-19 como una enfermedad profesional, lo que otorga derecho a los trabajadores a recibir indemnizaciones.

https://youtu.be/C5cBYf-0xGY

El personal del transporte público debe trabajar con la adecuada protección para poder realizar su trabajo crítico. Ningún trabajador o trabajadora debería correr riesgos excesivos o morir en el desempeño de su trabajo. En línea con declaraciones anteriores, la Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF) insta a que a los trabajadores y las trabajadoras del transporte se les proporcione de inmediato:

  1. Equipos de protección individual adecuados y apropiados
  • como guantes, mascarillas, desinfectante de manos y/o agua y jabón;
  • que protejan contra los aerosoles y cualquier contacto con la piel;
  • acuerdos de lavandería apropiados para limpiar los uniformes de trabajo y eliminar la posibilidad de contaminarse;
  • ofrecer la formación necesaria para su uso y eliminación segura;
  • sin costo alguno para el trabajador.
  1. Condiciones laborales que minimicen la transmisión y faciliten el distanciamiento social, como
  • acceso fácil a pruebas de detección de COVID-19, regulares y gratuitos;
  • procedimientos estrictos y regulares de limpieza y saneamiento de los vehículos, dormitorios y lugares de trabajo, incluidas las taquillas y almacenes;
  • suspensión del cobro de boletos, pagos sin dinero en efectivo, suspensión de la inspección de boletos, entrada por la puerta trasera y/o cierre de las puertas de los conductores (excepto para pasajeros/as con discapacidades), mamparas protectoras de metacrilato, bloqueo de los asientos de la primera fila, limitación de pasajeros/as por vehículo, prioridad a los trabajadores y trabajadoras esenciales, suministro de mascarillas para los/as pasajeros/as, moratorias de deuda y eliminación de objetivos de ingresos;
  • medidas que permitan el desplazamiento seguro al trabajo para el personal del transporte público, mientras existan restricciones de movilidad;
  • instalaciones de saneamiento adecuadas y descansos adicionales, ya que hay menos instalaciones sanitarias y de aseo y el distanciamiento social enlentece el acceso;
  • el derecho a retirarse de una situación laboral que suponga un peligro inminente y grave para su vida o su salud, sin temor a represalias.
  1. Acceso a medidas de salud que protejan a las personas vulnerables y enfermas, entre ellas
  • protección adecuada de los salarios y el empleo para los trabajadores y las trabajadoras que deben aislarse debido a altos riesgos identificados para ellos mismos y/o sus hogares, como unas condiciones de salud subyacentes o embarazo;
  • una cobertura de atención sanitaria completa y continua, que incluya el acceso a la atención a la salud mental;
  • suficientes vacaciones retribuidas e indemnización económica para los trabajadores y las trabajadoras afectados por el COVID-19, ya sea directa o indirectamente (por ejemplo, infección, aislamiento u obligaciones de cuidado de hijos).
  1. Reconocimiento del papel fundamental de los trabajadores y las trabajadoras del transporte público, en concreto
  • aumento salarial o de los ingresos;
  • aumento de las indemnizaciones y prestaciones en caso de fallecimiento, incluido el pago de pensiones.
  1. Información e informes periódicos sobre los riesgos en el lugar de trabajo y la salud de la fuerza laboral, en concreto
  • la comunicación rápida de información y la capacitación adecuada sobre las medidas de respuesta adoptadas por los empleadores en relación con el COVID-19 frente a los riesgos identificados, las pautas de exposición y las repercusiones resultantes para la salud;
  • autoaislamiento, infección y tasas de mortalidad, desglosadas por marcadores como género, etnia, raza y tipo de trabajo, para garantizar que se pueda investigar y responder a cualquier desigualdad y vulnerabilidad identificadas;
  • mecanismos de denuncia, con inmunidad para los denunciantes, que permitan a los trabajadores y trabajadoras informar sobre los riesgos, de forma anónima si así lo prefieren, sin miedo a que haya repercusiones.
  1. Los derechos sindicales, en concreto
  • consulta y participación en el diseño de prácticas y procesos de trabajo y todas las medidas de salud y seguridad;
  • medidas para facilitar la representación de los trabajadores y las trabajadoras en el lugar de trabajo y a distancia, para los/as trabajadores/as que se desplazan o que están aislados.

Estas medidas deben aplicarse al personal del transporte público, independientemente de la descripción de su puesto de trabajo, sus disposiciones contractuales o su situación laboral y tener en cuenta las diferencias de género y situación migratoria.

La Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte también apoya el llamado de la industria mundial del vestido a favor de la protección del salario, la salud y el empleo de los trabajadores y trabajadoras que se encargan de la producción de equipo de protección individual, en consonancia con los principios de esta carta.

ORGANIZACIONES QUE RESPALDAN LA CARAT DE REIVINDICACIONES DE LA ITF

Collegium Ramazzini

Consejo Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional, Estados Unidos

UK National Hazards Campaign, Reino Unido

Centre for Public Health and Environmental Development, Nepal

Scottish Hazards Campaign, Escocia

Occupational Health and Safety Centre, Mumbai

 

 

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